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Libro de reclamaciones virtual: qué exige la ley a tu web

Por el equipo de Lima Focus · · 7 min de lectura

Si vendes o contratas con consumidores a través de tu web, la norma peruana te obliga a tener un Libro de Reclamaciones virtual, con un enlace visible y permanente desde tu sitio. Cada reclamo o queja debe generar una hoja que el sistema envía de forma automática al correo del consumidor, y tienes 15 días hábiles improrrogables para responder por escrito. Si no cumples, Indecopi puede amonestarte o multarte.

Las normas que se aplican hoy

El 18 de julio de 2026, la PCM publicó un proyecto de decreto supremo para adecuar el reglamento a la Ley 32495; a octubre de 2026 no encontramos la versión final en El Peruano. Para un caso concreto, consulta con un abogado; la parte técnica de tu web la revisamos contigo en el diagnóstico gratuito.

¿Quién está obligado a tener libro de reclamaciones virtual?

Desde la Ley 32495, el artículo 150 del Código obliga a los establecimientos comerciales y a las plataformas digitales de comercio electrónico a tener libro de reclamaciones, físico o virtual. El reglamento ya incluía a la web: llama proveedor virtual al que tiene RUC y establece sus relaciones de consumo a través de portales web. Indecopi lo resume en su portal del consumidor: todo establecimiento abierto al público, físico o virtual, debe tener libro.

  • Si vendes o contratas por tu web, el libro virtual va alojado en la página de inicio del portal (artículo 4-B del reglamento).
  • Si además tienes local, ahí necesitas un libro físico de respaldo para cuando falle el virtual; lo anotado en él debe pasar al virtual en un día calendario (artículo 4-A).
  • Si tienes varios locales, cada uno lleva su propio libro (artículo 7).
  • Bancos, aseguradoras y servicios públicos regulados siguen el procedimiento de reclamos de su supervisor (artículo 2).

El Decreto Legislativo 1729 agregó que quien vende por plataformas, aplicaciones u otros canales digitales debe tener mecanismos de reclamo accesibles, eficaces y siempre operativos, sin costos ni cargas innecesarias para el consumidor. Según Indecopi, el libro no se legaliza ni se registra ante la entidad, y puedes elaborarlo tú mismo con el formato oficial.

Qué datos debe tener la hoja de reclamación

El artículo 5 del reglamento fija el contenido mínimo, igual para la hoja física y la virtual (el formato oficial es el Anexo I, actualizado en 2022):

  • Tu razón social, RUC y dirección, que en la versión virtual aparecen por defecto.
  • Número correlativo y fecha.
  • Nombre, domicilio, documento de identidad, teléfono y correo del consumidor y, si es menor de edad, los de su padre, madre o representante.
  • El producto o servicio contratado y su monto.
  • El detalle del reclamo o queja y el pedido concreto del consumidor.
  • Un espacio para las observaciones y acciones de tu empresa.

El reclamo es una disconformidad con el producto o servicio; la queja, un malestar ajeno al producto o servicio, como una mala atención. Si el consumidor marca «queja» pero describe un reclamo, se tramita como reclamo (artículo 6). Y si no anota al menos su nombre, DNI, domicilio o correo, la fecha y el detalle, la hoja se considera no presentada, así que conviene que esos campos sean obligatorios. Indecopi genera gratis el formato oficial y el aviso con su herramienta Tu Libro de Reclamaciones.

El aviso: dónde va en tu web

Desde la Ley 32495, el artículo 151 del Código exige a las plataformas digitales exhibir el enlace al libro de forma permanente, en un lugar visible y de fácil acceso. El reglamento (artículo 9) pide al proveedor virtual, como mínimo, un aviso fácil de identificar en la página de inicio, con un vínculo al libro y el formato del Anexo III, legible y visible en esa página.

Lo práctico es ponerlo en el pie de todo el sitio y comprobar que en la portada se vea sin buscarlo. En limafocus.com está en el pie de página y lleva a nuestro libro de reclamaciones, que puedes revisar como ejemplo.

Plazo de respuesta: 15 días hábiles

El artículo 24 del Código, modificado por la Ley 31435, fija un máximo de 15 días hábiles improrrogables, y el reglamento lo aplica a reclamos (artículo 6) y quejas (artículo 6-B). La respuesta va por escrito, por carta o correo según lo que pidió el consumidor, y según Indecopi debe informar las acciones adoptadas y, si rechazas el pedido, explicar por qué. Antes de 2022 el plazo era de 30 días calendario prorrogables: si tu formulario todavía dice «30 días», está desactualizado.

  • Sin cobros previos: no puedes condicionar la atención a ningún pago.
  • Si ofreces una solución por correo, el consumidor debe aceptarla de forma expresa, con la frase «ACUERDO ACEPTADO PARA SOLUCIONAR EL RECLAMO» u otra equivalente. Tu oferta suspende el plazo hasta por 5 días hábiles; si no hay aceptación, sigues obligado a responder. Si la acepta, el reclamo queda concluido y lo ofrecido te obliga.
  • Las quejas también se responden y sirven para mejorar tu atención, aunque no tienes que detallar las medidas que tomes.

Para probar que respondiste por correo, Indecopi indica que guardes el correo enviado o la constancia de entrega o lectura.

La constancia para el consumidor

Al terminar el registro, tu libro virtual debe permitir imprimir la hoja y enviarla de forma automática al correo que indicó el consumidor, con la fecha y la hora de presentación (artículo 4-B). Omitirlo es una de las faltas que Indecopi sanciona.

Cuánto tiempo guardar la información

El artículo 12 del reglamento te obliga a guardar, por lo menos dos años desde cada reclamo o queja, las hojas, la constancia de tu respuesta y, si te toca, lo reportado al SIREC (el sistema de reportes de Indecopi para empresas con ingresos anuales de 3,000 UIT o más). Si pierdes una hoja o el libro, denúncialo ante la policía en un máximo de 48 horas. Como Indecopi puede pedirte esa documentación en cualquier momento y sin aviso, conviene que tu sistema exporte el registro completo.

Multas de Indecopi

El reglamento califica los incumplimientos del libro como infracciones leves (artículo 18), y para ellas el Código prevé una amonestación o una multa de hasta 50 UIT (artículo 110). La multa base sale de una tabla del D.S. 032-2021-PCM que clasifica cada falta en tipo A, B o C y la cruza con el tamaño de la empresa:

Tipo de faltaEjemplosMulta base en UIT: micro / pequeña / mediana y grande
A, las más gravesNo tener libro, no alojar el libro virtual en tu web, no responder el reclamo o condicionar su atención a un pagoMás de 1 a 2.5 / más de 2.5 a 5 / más de 5 a 10
BNo exhibir el aviso, responder fuera del plazo legal o no conservar la información dos añosMás de 0.5 a 1 / más de 1 a 2.5 / más de 2.5 a 5
CNo enviar la copia de la hoja al correo o no permitir imprimirla; exhibir el aviso sin las condiciones del reglamentoDesde amonestación hasta 0.5 / más de 0.5 a 1 / más de 1 a 2.5

El tamaño se mide por facturación anual: micro, de 1 a 150 UIT; pequeña, de 151 a 1,700 UIT; mediana y grande, más de 1,700 UIT. Sobre esa base se aplican agravantes, atenuantes y los topes del Código: la multa a una microempresa no puede pasar del 10% de sus ventas del ejercicio anterior, ni la de una pequeña del 20%, si cumplen ciertas condiciones, como no ser reincidentes. En 2026, una UIT equivale a S/ 5,500.

Si eres microempresa y es tu primera supervisión, el reglamento prevé una medida preventiva para las faltas formales: Indecopi deja constancia de la advertencia y te da al menos 5 días hábiles para corregir (artículo 17).

Lista de revisión para tu web

Si tu web necesita cambios, se resuelven en un proyecto de diseño web, y la alerta de plazos puede vivir en un CRM a medida.

  1. Página propia del libro, enlazada desde la portada y desde el pie de todo el sitio.
  2. Formulario con los datos del artículo 5 y los campos mínimos como obligatorios.
  3. Número correlativo, fecha y hora automáticos.
  4. Copia automática de la hoja al correo del consumidor y opción de imprimirla.
  5. Registro con respaldo por dos años, con tu respuesta y la prueba de envío.
  6. Alerta interna para responder antes de los 15 días hábiles.
  7. Textos sin la mención a 30 días calendario.
  8. Libro físico de respaldo, si tienes local.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

Respuestas cortas sobre este tema. Si tu caso es distinto, lo vemos en el diagnóstico.

¿Es obligatorio tener libro de reclamaciones virtual en mi página web?

Sí, si vendes o contratas con consumidores a través de ella. Desde la Ley 32495, el Código de Protección y Defensa del Consumidor incluye a las plataformas digitales de comercio electrónico en la obligación, y el reglamento pide alojar el libro virtual en la página de inicio de tu portal. Indecopi indica que todo establecimiento abierto al público, físico o virtual, debe tener libro.

¿Cuál es el plazo para responder un reclamo o una queja?

15 días hábiles improrrogables, con respuesta escrita por carta o correo, según lo que pidió el consumidor. El plazo rige desde 2022, cuando la Ley 31435 reemplazó los 30 días calendario prorrogables. Si ofreces una solución por correo, el plazo se suspende hasta por 5 días hábiles mientras el consumidor responde.

¿Qué pasa si no tengo libro de reclamaciones?

Indecopi puede amonestarte o multarte. El reglamento trata estas faltas como infracciones leves, para las que el Código fija un máximo de 50 UIT, y no tener libro es una falta tipo A, la más grave de su tabla. Para una microempresa, la multa base de una falta tipo A va de más de 1 a 2.5 UIT.

¿Tengo que registrar o legalizar mi libro de reclamaciones?

No. Según Indecopi, el libro no requiere legalización ni certificación notarial, y no se registra ni se certifica ante la entidad. Puedes elaborarlo tú mismo si cumples el formato oficial, o generarlo gratis con la herramienta Tu Libro de Reclamaciones de Indecopi.

¿Cuánto tiempo debo guardar los reclamos?

Por lo menos dos años desde la fecha en que se presentó cada reclamo o queja. Debes guardar las hojas, la constancia de tu respuesta y, si te corresponde, lo reportado al SIREC. Si pierdes una hoja o el libro, debes denunciarlo ante la policía en un máximo de 48 horas.

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